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Testigos de Jehová declarados “secta destructiva” por una sentencia judicial

Testigos de Jehová declarados “secta destructiva”

En un fallo judicial sin precedentes, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Torrejón de Ardoz ha emitido una sentencia que redefine la naturaleza de los Testigos de Jehová en España. La organización religiosa, conocida por su presencia global y prácticas distintivas, ha sido calificada como una «secta destructiva». Este veredicto surge tras una demanda presentada por la propia confesión religiosa contra la Asociación Española de Víctimas de Testigos de Jehová. La asociación, compuesta por exmiembros, queda libre de todas las acusaciones, incluyendo la supuesta vulneración del honor de los Testigos de Jehová.

Control extremo sobre la vida de sus miembros.

La decisión judicial, que aún puede ser objeto de recurso, se basa en el análisis de numerosos testimonios y evidencias presentadas por la asociación de víctimas. Estos relatos describen un patrón de control excesivo y coercitivo sobre los miembros, prácticas que han llevado a la magistrada a considerar a los exmiembros como «víctimas» de la organización. Entre las prácticas denunciadas se encuentran el ostracismo hacia los expulsados, el encubrimiento de abusos sexuales y la imposición de normas que afectan gravemente la salud mental y física de los fieles.

El fallo destaca que la libertad de expresión y el derecho a la información prevalecen sobre el derecho al honor de la confesión religiosa. En este sentido, la sentencia reconoce la legitimidad de la asociación para usar términos como «secta destructiva» en sus estatutos y comunicaciones públicas. La jueza subraya que estas descripciones, aunque puedan considerarse desagradables o hirientes por los fieles, son una crítica legítima ante comportamientos que se consideran generalizados dentro de la confesión.

La sentencia también aborda la cuestión de las transfusiones de sangre, una práctica médica rechazada por los Testigos de Jehová por motivos religiosos. La magistrada afirma que, aunque esta postura forma parte de su libertad religiosa, las opiniones críticas sobre los efectos negativos que esta práctica puede tener en la salud de los miembros son válidas y gozan de veracidad.

Este caso ha puesto de relieve la compleja interacción entre la libertad de expresión, el derecho al honor y la protección de las víctimas de prácticas religiosas coercitivas. La resolución judicial no solo afecta a la percepción pública de los Testigos de Jehová en España, sino que también podría tener implicaciones para otras confesiones religiosas y grupos espirituales con prácticas similares.

 

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